Publicación en el BOPMálaga del edicto 303/2020 donde se da a conocer el plazo y los requisitos para optar a la concesión de un puesto en los mercadillos de los domingos de Las Lagunas (Polg.San Rafael) y Calypso.
-La presente convocatoria tiene por objeto la adjudicación de autorizaciones administrativas para la instalación de puestos en el rastro de segunda mano, que se celebrará todos los domingos del año, sito en el #PolígonoSanRafael de #LasLagunas, y en la #UrbanizaciónCalypso.
No se podrá conceder más de una autorización por solicitante.
Las autorizaciones se concederán por un plazo de un año.
El número de autorizaciones a conceder se distribuirá conforme a lo establecido a continuación:
-Polígono San Rafael, Las Lagunas:
Puestos vacantes de 6 metros lineales: 52.
-Urbanización Calypso:
Puestos vacantes de 6 metros lineales: 5.
Puestos vacantes de 3 metros lineales: 8
Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Mijas en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente día de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, no siendo válidas las presentadas con anterioridad a dicha publicación.
Edicto completo: (Descargar PDF aquí).
MIJAS
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 30 de diciembre de 2019, se aprobaron las bases de convocatoria de adjudicación de autorizaciones para la instalación de puestos para la venta de artículos usados en el municipio de Mijas, en polígono San Rafael de Las Lagunas y urbanización Calypso que son las que siguen:
Artículo 1. Objeto
La presente convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, tiene por objeto la adjudicación de autorizaciones administrativas para la instalación de puestos en el rastro de segunda mano, que se celebrará todos los domingos del año, sito en el polígono San Rafael, las Lagunas, y en la urbanización Calypso, Mijas Costa, sin perjuicio de los cambios que pudieran producirse en los términos que se determina en la Ordenanza Reguladora de la Venta de Artículos Usados del municipio de Mijas.
Artículo 2. Legislación aplicable
La concesión de las autorizaciones a las que se refiere la presente convocatoria, de naturaleza administrativa, se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de la Venta de Artículos Usados del Municipio de Mijas, garantizando los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación; así como, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la normativa reguladora de la contratación de las administraciones públicas.
No se podrá conceder más de una autorización por solicitante.
Las personas interesadas podrán examinar la convocatoria y documentación complementaria en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento tal y como se señala en el anuncio de convocatoria.
Artículo 3. Criterios de adjudicación
Dentro del derecho de libre establecimiento y prestación de servicios, así como los criterios referidos en el artículo 1.3 de la vigente Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con el fin de conseguir una mayor calidad de la actividad y el servicio prestado, la mejor planificación sectorial, el mejor prestigio y la mayor seguridad del mercadillo, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de adjudicación y su puntuación máxima:
a) La disponibilidad de instalaciones desmontables adecuadas para la prestación de un servicio de calidad.
– Puntuación: Máximo 0,5 puntos.
b) Las dificultades de acceso al mercado laboral.
– Puntuación: Máximo 1 punto.
– Se otorgará 1 punto en cualquiera de los siguientes supuestos:
* Personas que acrediten hallarse en situación de desempleo con una antelación minima de un mes a la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 24 Miércoles, 5 de febrero de 2020 Página 89 boletín de la provincia, y que pertenezcan a cualquiera de los siguientes colectivos: jóvenes menores de 30 años, mayores de 45 años o mujeres.
*Personas que acrediten una situación de desempleo de larga duración.
– 0 puntos los restantes casos.
c) No haber sido sancionado los solicitantes, con resolución firme, por infracción de las normas reguladoras por la venta de artículos usados.
– Puntuación: Máximo 1 punto.
– Si no tiene ninguna sanción se otorgará 1 punto.
Artículo 4. Derechos y obligaciones del adjudicatario
Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de Artículos de Usados del municipio de Mijas.
Artículo 5. Número y tipos de autorizaciones
Las autorizaciones se concederán por un plazo de un año.
El número de autorizaciones a conceder se distribuirá conforme a lo establecido a continuación:
Polígono San Rafael, Las Lagunas:
Puestos vacantes de 6 metros lineales: 52.
Urbanización Calypso:
Puestos vacantes de 6 metros lineales: 5.
Puestos vacantes de 3 metros lineales: 8.
Artículo 6. Solicitudes y plazos de presentación
1. Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Mijas o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente día de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, no siendo válidas las presentadas con anterioridad a dicha publicación.
Las solicitudes que se presenten deberán contener los siguientes datos:
a) Nombre y apellidos o, en su caso, razón social del prestador, así como domicilio completo y teléfono de contacto. Las personas jurídicas deberán especificar una dirección electrónica a efectos de comunicaciones.
b) Número de NIF o CIF, en su caso, o documento acreditativo análogo expedido al prestador en el Estado miembro de la Unión Europea.
2. La solicitud deberá ir acompañada de una declaración responsable, en la que el solicitante manifieste que cumple con los requisitos establecidos y condiciones para la modalidad de venta de artículos usados en mercadillos, singularmente los siguientes:
a) Los prestadores procedentes de países no integrantes de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.
b) Tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de la actividad comercial.
c) No haber sido sancionado por resolución firme por infracción muy grave de las Normas Reguladoras de la Venta de Artículos Usados en los dos años anteriores.
d) Que estará en posesión de la documentación acreditativa de su cumplimiento a partir del inicio de la actividad, manteniéndolo durante el plazo de vigencia de la autorización.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Asimismo, la resolución de la Administración pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un periodo de tiempo determinado por la ley, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.
3. Además, deberá acompañar a la solicitud, la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración del artículo 3 que van a servir de base para la adjudicación, salvo que ya obren en el Ayuntamiento de Mijas y así se indique en la solicitud con indicación del expediente, protocolo o dependencia municipal.
4. Junto con la solicitud se deberá aportar consentimiento expreso al excelentísimo Ayuntamiento de Mijas para recabar los datos personales que resulten necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitos y criterios de valoración establecidos en las presentes bases, entendiéndose como desistimiento su revocación.
5. Aquellas solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación de esta convocatoria quedarán invalidadas. Siendo que toda persona interesada en solicitar un puesto deberá participar de ordinario en el presente procedimiento.
6. Una vez otorgadas las autorizaciones, y con carácter previo al inicio de la actividad, se deberá presentar en el plazo máximo de 10 días hábiles, en el Área o Departamento de Mercadillos del Ayuntamiento de Mijas, toda la documentación exigida por estas bases que no se haya aportado previamente.
Artículo 7. Órganos competentes para la instrucción y resolución
Sin perjuicio de la instrucción a cargo del responsable del Área de Mercadillos, el órgano encargado de valorar las solicitudes será una comisión técnica de valoración compuesta por:
– El/la Concejal/a Delegado/a competente en la materia, que ostentará la Presidencia de
la misma.
– Un/a funcionario/a perteneciente a dicha área o delegación.
– Jefe/a del Área de Mercadillos.
Actuará como Secretario/a un/a funcionario/a adscrito al área o delegación competente, a designar por el/la Concejal/a al frente de la misma.
La comisión técnica de valoración queda facultada para interpretar la aplicación de las presentes bases y resolver cuantas dudas y planteamientos suscite el procedimiento de adjudicación.
Artículo 8. Procedimiento de adjudicación
En cumplimiento de los requisitos de transparencia, imparcialidad y publicidad del procedimiento, este constará de las siguientes fases:
1 . iniciación. Se llevará a cabo a través de acuerdo de la Junta de Gobierno Local anunciando la convocatoria para la adjudicación de los puestos a ocupar en el rastro para la venta de artículos usados en el municipio de Mijas, sito en polígono San Rafael, Las Lagunas, y en la urbanización Calypso, Mijas Costa, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento, concediéndose el plazo de 30 (treinta) días naturales para la presentación de solicitudes.
2. Presentación de solicitudes conforme al artículo 6 de estas bases.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se elevará a la comisión técnica de valoración la relación de solicitudes presentadas, al objeto de comprobar si cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos. Dicho órgano emitirá una lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, que será publicada en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento de Mijas, otorgando a los interesados un plazo de diez días para las pertinentes subsanaciones.
3. Baremación de solicitudes. Cumplido el plazo referido en el párrafo anterior, se aprobará y publicará la lista definitiva de las solicitudes admitidas y excluidas y se procederá a baremar las solicitudes admitidas por dicha comisión técnica de valoración, de conformidad con los criterios recogidos en el artículo 3 de las presentes bases.
4. Adjudicación provisional. Efectuada la baremación, se emitirá informe que incluirá la valoración de las solicitudes admitidas ordenadas por orden de puntuación.
Dicho informe se publicará en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento de Mijas, para que los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo de 10 días, que serán resueltas por la comisión técnica de valoración.
5 . Adjudicación definitiva. Una vez concluido el periodo de alegaciones y resueltas las que en su caso se hubieren formulado, la comisión de valoración, previa celebración de sorteo para determinar el orden de prelación en supuestos de empate, aprobará la propuesta de listado definitivo de adjudicatarios, con expresión de la puntuación obtenida por cada uno de ellos, que se publicará en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento de Mijas.
Finalmente, las autorizaciones municipales serán concedidas mediante resolución por el órgano competente.
Artículo 9. Plazo máximo para resolver
El plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización será de tres meses a partir del día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. Transcurrido el plazo sin haberse notificado la resolución, los interesados podrán entender desestimada su solicitud.
Disposición adicional primera
A efectos de lo previsto en el artículo 15 de la Ordenanza Reguladora de la Venta de Artículos Usados, para considerar, en su caso, la justificación de la falta de asistencia por parte de los titulares de las autorizaciones, deberán comunicarlo al Área de Mercadillos con una antelación mínima de cinco días hábiles, salvo causa de fuerza mayor.
En los supuestos de ausencia puntual constatada para el ejercicio de la actividad, podrá autorizarse, como actividad circunstancial, a los participantes en la presente convocatoria que, cumpliendo los requisitos exigidos, no resultaren adjudicatarios por no alcanzar puntuación suficiente, o resultaren postergados por el sorteo que, en su caso, se hubiese celebrado.
A estos efectos, y hasta su sustitución por nueva convocatoria, se constituirá una bolsa provisional con los interesados observándose el orden de prelación resultante del procedimiento de adjudicación celebrado.
El otorgamiento de la autorización para dicha actividad circunstancial estará sujeta, no obstante, a previa solicitud del interesado, debiéndose verificar que reúne y mantiene los requisitos exigibles. Las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Mijas o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, dadas las circunstancias y naturaleza de la autorización, no podrán tenerse en cuenta aquellas que no se recepcionen en el Área de Mercadillos antes del último día hábil de la semana.
Disposición Final
La presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, puede ser recurrida potestativamente, en los términos y plazos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia .



